IX CONGRÉS
de la
Unió General de Treballadors (UGT)

Madrid, 16 - 19 de maig de 1908

Proposicions que van presentar les seccions.

1.- Que todas las secciones de la Unión paguen una cuota extraordinaria de 15 pesetas para hacer propaganda en la región andaluza (Albañiles de la Carolina).
2.- Habiendo acordado los patronos cerrar sus fábricas en el momento que tengan algún litigio con cualquier Sección de La Unión Protectora de Tejedores de Béjar, desea ésta se estudio detenidamente y se resuelva si cuando ocurran tales paros forzosos han de tener sus socios las dietas que por huelgas reglamentarias tiene estipuladas la Unión General. (Unión Protectora de Tejedores de Béjar.)
3.- Que el Comité Nacional de la Unión vea la manera de hacer un movimiento general en toda la Nación para que los trabajadores disfruten la jornada de ocho horas. (Albañiles de Bilbao)
4.- Terminadas las tareas del Congreso, dos individuos del Comité. Nacional harán una excursión de propaganda por las provincias Vascongadas y Santander (Ebanistas de Bilbao.)
5.- Pedir a los Poderes públicos que se prohíba el trabajo en los penales.- (Zapateros de Bilbao)
6.- Que el Congreso discuta si debe seguirse la campaña en pro de la supresión del impuesto de consumos y que en manera alguna se grave el impuesto sobre la sal. (Trabajadores de Chantada)
7.- Que la Unión General de Trabajadores reclame del Gobierno que en las industrias que se exploten en los penales se pague la mano de obra al mismo precio que en los demás talleres. (Costureros de Elche)
8.- Que el Congreso estudie si es conveniente que en vez de la cuota extraordinaria que se paga en caso huelga reglamentaria, se cree una Caja Central por cotización ordinaria para el sostenimiento de las huelgas reglamentarias. (Costureros de Elche).
9.- ¿Qué medios deben emplearse para aminorar los males. que pesan sobre todos los obreros españoles ? (Obreros en madera de Oviedo)
10.- Que se cree un periódico diario órgano de la Unión General de Trabajadores. (Peones en General de Bilbao)
11.- Que teniendo en cuenta los positivos beneficios que para la clase trabajadora se derivan de ser ley el proyecto de Contrato de Trabajo elaborado por el Instituto de Reformas Sociales, así como el fracaso de las gestiones hasta ahora realizadas con ese fin, se emprenda una campaña de agitación exclusivamente consagrada a obtener del Gobierno someta á las Cortes el proyecto de ley del Contrato de Trabajo. (Armeros de Oviedo)
12.- Que se suprima el trabajo a destajo. (Toneleros del Puerto de Santa Maria)
13.- ¿Creen conveniente las Secciones de la Unión y estiman oportuno crear una Caja de Socorros a los federados enfermos?
En caso afirmativo, se proponen las siguientes bases:
1a. Se crea una Caja de Socorros á cargo del Comité Nacional ó de una Comisión especial del mismo, a la que podrán pertenecer solamente los socios de las Seccionas que pertenezcan a la Unión.
2a. Las pensiones, o socorros, serán de 1’50 - 2’25 - 3’75 y 4’50 pesetas diarias, desde el tercer día de la baja basta el del alta, y se percibirán por enfermedad no originada por embriaguez o riña.
3a. Para el pago de estas pensiones abonará cada asociado una cuota mensual de 1 - 1’50 - 2’50 y 5 pesetas respectivamente que las Secciones podrán recaudar semanalmente.
4a. Para tener derecho el socio a la pensión, es indispensable estar al corriente del pago de cuotas y haber satisfecho seis mensualidades por lo menos.
5a. En enero, y julio de cada año, solicitándolo del Comité un mes antes, se podrán aumentar las cuotas a voluntad de los socios, pero la pensión a ella correspondiente no podrá cobrarse hasta seis meses después. Avisando al Comité, cuando menos quince días antes, en 1º de cada mes todo socio puede pasar a cuota inferior, cobrando desde el primer mes la pensión a ella correspondiente. Este cambio de cuotas sólo se referirá a las que consten en el Reglamento.
6a. Las bajas y altas, de enfermos, en donde no hubiere facultativos de la Unión, podrán extenderlas los de otras Sociedades de socorros mutuos ó de la beneficencia municipal que acuerde el Comité a propuesta de la Junta directiva de la Sección federada da la localidad, y en último caso, a falta de aquellos, por una u otra causa, resolverán dichos organismos lo más conveniente.
7a. Cualquiera que sea la edad, serán admitidos hasta tres meses después de la celebración del Congreso todos los afiliados a la Unión antes del 1º de enero de 1908. Los que ingresasen después de esta fecha sólo serán admitidos cuando no pasen de cuarenta y cinco años de edad.
8a. Todos los federados que quieran pertenecer a la Caja de Socorros presentarán certificado facultativo de no padecer enfermedad alguna. El que padeciere enfermedad crónica no será admitido si no estaba asociado antes de 1º de enero de 1908, y no percibirá pensión en este caso por dicha enfermedad u otra de ella derivada.
9a. Las Juntas directivas de las Secciones harán la recaudación de cuotas y envió de fondos al Comité de acuerdo con éste pagarán las pensiones, previo recibo, y quedarán obligadas a velar porque se cumpla el Reglamento que inspirado en las bases que apruebe el Congreso debe hacer el Comité y someter luego a la aprobación de las Secciones.
10a. Comenzará la recaudación de cuotas cuando la Caja de Socorros cuente con un mínimun 1.000 socios. Las peticiones de ingreso se Pedirán al Comité: por conducto de las Juntas directivas, previo depósito de 2 pesetas como garantía, que se deducirán de las primeras cuotas que se paguen. Los socios solicitantes que por cualquier causa al hacerse la recaudación se nieguen al pago de cuotas, como los que se den de baja después, no tienen derecho a reintegro alguno
11a. Por ahora esta Caja no tendrá más servicio que el de socorro a enfermos. Más adelante podrán establecer, por acuerdos de los Congresos el médico, farmacéutico y otros.
12a. Salvo lo que disponga el Reglamento especial para todos los asuntos no previstos en el, se aplicará por analogía el de la Unión General. (Obreros en hierro de Oviedo.)

14.- Reclamar de los Poderes públicos para que los trabajadores agrícolas gocen de los beneficios que concede a los demás obreros la ley de Accidentes del trabajo. (Agricultores de Villena)
15.- Que de los pactos que por mediación de las autoridades celebren las Sociedades de resistencia y los patronos, se remita copia íntegra al Instituto de Reformas Sociales (Albañiles de Villena)
16.- Que se emprenda una campaña de propaganda entre los trabajadores del campo (Agricultores de Tembleque)
17.- Considerando que durante los trabajos de recolección los obreros del campo no asociados abaratan los salarios y aumentan la jornada de trabajo, haciendo peligrar la organización y perjudicando a todos en general que el Congreso tome los acuerdos precisos para que con la mayor urgencia salga una delegación de uno o más compañeros a propagar los beneficios de la asociación y el principio de solidaridad obrera por las localidades en donde haya Sociedades de agricultores y los pueblos cercanos en donde existan, a fin de que se organicen nuevos núcleos que vengan a impedir tan perjudiciales competencias. (Agricultores de Almansa)
18.- Que se realice una campaña de propaganda por las regiones que más necesitadas se hallen de ella. (Albañiles de Madrid)
19.- Que se declare incompatible el cargo de delegado a los Congresos de la Unión General con el cargo de miembro del Comité Nacional. (Zapateros de Madrid)
20.- Dar a La Unión Obrera la mitad del tamaño que hoy tiene, a fin de hacerla más manejable. (Comité Nacional).